El último informe del instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), reveló que en mayo los precios del grupo de consumo cuidados y conservación de salud crecieron un 0,66%; debido al incremento de los precios de los medicamos como el Paracetamol en 20 veces; mientras que el costo de fármacos como la Azitromicina, creció en doce veces su valor. Antes del estado de emergencia sus versiones genéricas se ofertaban en boticas y farmacias entre 3 y 10 soles, ahora esas mismas presentaciones superan los 50 soles.
Para el Mg. Patricio Fajardo Passano, especialista en derecho Comercial y Civil, docente de la facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Católica de Santa María, la pandemia por el COVID-19, ha dejado al descubierto que los monopolios en el Perú seguirán controlando los precios de los medicamentos por falta de legislación que lo regule. Lo que agravaría ello, es que en la agenda política y jurídica del país no hay una propuesta que pueda revertir en corto plazo esta realidad que agobia hoy más que nunca a los ciudadanos.
1.-En el índice de precios al consumidor presentaron incrementos notorios de los medicamentos en los últimos 30 días, ¿Considera que hoy existen prácticas abusivas sobre el consumidor en el rubro farmacéutico en tipos de COVID-19?
Las prácticas abusivas en el sector farmacéutico se iniciaron luego del Estado de Emergencia desde el pasado 16 de marzo y se mantienen hasta la fecha, habiéndose incluso incrementado. Existen fármacos que han incrementado su valor más del 100%.
2.-¿Puede ir la libertad de empresa en contra de la salud pública?
Conforme a la Constitución Política de 1993 nos desarrollamos en un modelo de economía de libre de mercado. Conforme a ello, los precios pueden ser fijados libremente y ninguna institución pública puede intervenir. Lastimosamente, el tema de la salud pública, nunca fue una prioridad para los últimos gobiernos que tuvimos.
3..- El Perú es uno de los pocos países de América Latina que no cuenta con una ley antimonopolio ¿Cree usted a raíz de la especulación de los precios de los medicamentos y el oxígeno, es necesario que el parlamento apruebe una norma de ese tipo?
Como es de conocimiento público, los monopolios en nuestro país abundan. La limitación establecida en nuestra Constitución en muy genérica e insuficiente. En sí, los defensores de los monopolios indican que no son malos, lo que es malo es cuando abusan de su posición de dominio o cuando hay concertaciones, allí sí INDECOPI debería de sancionarlos. La norma debe de modificarse, si se hace, dudo que pueda aplicarse inmediatamente.
4.-¿Cuál debe ser el mecanismo idóneo para regular que todos los aspectos de la libertad de empresa alcancen el fin de protección de la salud?
Debería de revisarse las políticas públicas. Si bien es cierto el Estado no puede intervenir en la fijación de precios, lo que si puede hacer es combatir toda práctica que la limite la libre competencia y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas.
5.-¿El Estado puede regular los precios de los medicamentos sin llegar al intervencionismo y transgredir la Constitución vigente?
Lo dije anteriormente, lo que Estado debe de controlar son los monopolios comerciales. Es evidente que la venta de fármacos se está desarrollando bajo un monopolio. Recordemos que en nuestro país, un solo grupo empresarial es dueño de más del 80% de las cadenas de farmacias.
6.-¿Por qué el Indecopi no ha podido intervenir hasta ahora para solucionar de reclamo de la población?
Como ya lo indiqué, el INDECOPI, ni ninguna otra entidad pública puede intervenir en fijar los precios de medicamentos u otros productos o servicios. Lo único que esta entidad podría hacer es verificar que no se privilegie la venta de productos de determinados laboratorios o la venta de fármacos de determinadas marcas sobre los genéricos. Existen diversos procesos sancionadores iniciados, pero lamentablemente no habrá sanciones a corto plazo, ya que, nuestro ordenamiento jurídico contempla una serie de recursos impugnatorios administrativos e incluso se podría recurrir al proceso contencioso administrativo. En resumen: años de litigio.
7.-Otro problema que agobia al ciudadano de a pie es que las empresas operadoras de telefonía iniciaron la suspensión de los servicios a los clientes por falta de pago a partir del 3 de junio ¿Qué pueden hacer los usuarios que no peguen sus cuentas por la crisis generada por el Covid -19?
Los usuarios que no pueden pagar deben de proceder al fraccionamiento de sus deudas. Si tampoco pueden pagar el fraccionamiento, según lo informado por OSIPTEL, estos usuarios seguirán contando con servicio de mensaje de texto y llamadas de emergencia.
8.-Miembros del congreso buscan impulsar una ley para congelar las deudas mientras dure la emergencia sanitaria ¿Es factible una medida de esas características o sería un exceso del Estado?
Es un tema muy delicado. El hecho que el banco no reciba pagos podría generar contingencias en el propio dinero de los ahorristas y en la liquidez el banco para cumplir sus propias obligaciones. Entiendo que la Superintendencia de Banca Seguro y AFP ya emitió un informe negativo para la aprobación de las diversas propuestas que hay al respecto.
9.-Se está impulsando en el país el comercio electrónico como estrategia ante el COVID-19 ¿El sistema jurídico peruano está preparado para su aplicación masiva?
Ante el COVID-19, se ha reforzado la idea que la contratación no tiene fronteras. Al respecto, nuestra legislación no se encuentra preparada. Se necesitaría tres reformas esenciales, la del Código Civil, la que corresponde al derecho tributario y finalmente al Código de Comercio, que data, aunque no se crea, del año 1902, norma aún vigente.
10.-¿Se requiere algún cambio legal para masificar este tipo de comercio en el Perú?
Si, como lo dije son tres normativas las que deben de modificarse de inicio. Otro problema es el tema cultural, hay que capacitar a la población en los aspectos positivos y riesgos que conlleva la contracción digital.