Por Resolución N0. 228 – AU-2016
Arequipa, 2016 julio 12
CONSIDERANDO
Que según lo prescrito por el Art. 102 del Estatuto de la UCSM, el Comité Electoral Universitario es elegido anualmente por la Asamblea Universitaria y está integrado por tres Docentes Principales, dos Docentes Asociados, un Docente Auxiliar y Tres Estudiantes;
Que, por Resolución N0. 215 – AU-2015 de fecha 16-07-2015 se nombró al Comité Electoral Universitario de la UCSM a partir del 28 de setiembre del 2015;
Que, en cumplimiento de las disposiciones señaladas anteriormente, la Asamblea Universitaria en su sesión de fecha 07-07-2016, procedió a elegir a los señores integrantes Docentes y Estudiantiles del nuevo Comité Electoral Universitario;
Que, a fin de evitar vacíos en el Comité Electoral Universitario, por renuncias de sus integrantes estudiantiles, se ha visto por conveniente nombrar accesitarios en la Representación Estudiantil, los mismos que serán reconocidos posteriormente en razón a que a la fecha falta su designación por parte de sus Grupos de Opinión Estudiantil;
De conformidad con lo dispuesto por el Art. 89, inc. b) del Estatuto de la UCSM;
SE RESUELVE:
PRIMERO
Dar por concluidas con fecha 27-09-2016, las funciones del Comité Electoral Universitario nombrando por Resolución N0. 215-AU-2015, a cuyos integrantes se les da las gracias por los servicios prestados.
SEGUNDO
Nombrar a partir del 28-09-2016, a los Docentes y Alumnos que a continuación se indica, como miembros del nuevo comité Electoral Universitario de la Institución:
Docentes Principales:
Docentes Asociados:
Docente Auxiliar:
Estudiantes:
TERCERO
Los señores Docentes y Alumnos del Comité Electoral Universitario referidos en el numeral anterior, no podrán integrar Órganos de Gobierno ni cargos Directivos de Gremios de la Universidad, salvo renuncia expresa a formar parte de dicho Comité Electoral.
CUARTO
Los representantes Estudiantiles Accesitarios ante el Comité Electoral serán reconocidos posteriormente, en razón de lo expuesto en la parte considerativa de esta Resolución.
QUINTO
El Comité Electoral Universitario cesante, deberá entregar al nuevo Comité Electoral nombrado por esta Resolución los bienes, muebles y enseres, así como archivos y material de escritorio correspondientes a dicho organismo, bajo inventario, con la participación de la Oficina de Contabilidad.
SEXTO
El Rectorado, se encargar del cumplimiento e implementación de la presente.
Regístrese y comuníquese.
Dr. Manuel Alberto Briceño Ortega
Rector de la Universidad Católica de Santa María